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¿Qué constituye usura en las tarjetas revolving?: Se mantiene la controversia en 2023

enero 12, 2024

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Durante los últimos años el uso de las tarjetas revolving se ha cuestionado por el cobro de los intereses abusivos a los particulares que usan este tipo de línea de crédito. La utilización de estas tarjetas ha abierto numerosas causas judiciales, siendo la sentencia del 15 de febrero de 2023 la que concluía la problemática de las tarjetas revolving en usura. En la actualidad, han aumentado las demandas que apelan a la falta de transparencia del contrato.

A la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie

Algunos expertos apuntan a que las demandas por usura en los contratos de las tarjetas revolving han disminuido, pero se han acrecentado aquellas que denuncian la falta de transparencia en el contrato de esta línea de crédito. El argumento que se ha utilizado es que principalmente, el consumidor no obtiene toda la información necesaria.

Dentro de los contratos que han sido denunciados por usura anteriores al año 2010 de Citybank muchos aún están sin resolver. Abogados apuntan a que lo más relevante de la sentencia del 15 de febrero de 2023 es que solo se consideran usurarios los contratos en los que los intereses se excedan en 6 puntos. Concretamente y siguiendo este punto clave, otra sentencia del 4 de marzo de 2020 del asunto Wizink daba la razón a la consumidora puesto que había una diferencia de 6 puntos.

Aún así, juristas y abogados han apelado que en esa misma sentencia del 4 de marzo no había 6 puntos exactos, sino 5,73. Por lo que esto establece un nuevo debate sobre si estos 6 puntos deben ser exactos o aproximados. Desde su punto de vista, consideran que el Tribunal Supremo dijo que había que comparar las tarjetas de crédito, no con los créditos al consumo, sino con la media del producto, pero esto es un error puesto que una tarjeta de crédito no es un producto distinto al crédito al consumo y esta segmentación supone ir contra el derecho comunitario. Según este derecho, toda tarjeta de crédito debe llevar la información normalizada europea de crédito al consumo junto al contrato.


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Otro punto importante que se ha resaltado de la propia sentencia del 2023 ha sido que los contratos revolving que no son usurarios están carentes de transparencia. Ha sido la Audiencia madrileña la que ha argumentado que si la TAE se lee y no está escondida, cualquiera puede entender la carga económica del contrato, argumento que muchos abogados no comparten y consideran que una falta de información es abuso.

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